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Propiedades

Pasos (5) arrow_drop_up arrow_drop_down
Resolución de exoneración en el INTUR  (2) expand_more expand_less
Autorización de exoneración (Compra local)  (2) expand_more expand_less
Autorización de exoneración (Importaciones)  (1) expand_more expand_less

1
Solicitar exoneración
(last modified: 04/01/2018)

Duración del paso ( ver detalles )

Espera hasta paso siguiente

10 mn  -  20 mn
5 días  -  7 días

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Hotel Crowne Plaza, 1 cuadra Sur, 1 cuadra Oeste , Managua
Tel: +505 22 54 51 91 / +505 22 54 51 81
Fax: +505 22 22 66 10
Sitio web: http://www.intur.gob.ni, http://www.visitanicaragua.com

Unidad a cargo

Centro de Atención al Público INTUR

Lun: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mar: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mié: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Jue: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Vie: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00

Persona a cargo

Lic.Andrea Guatemala/ Lic. Tania Rodríguez/Lic. Claudia Pavon

Técnica en trámite/ Promotora/ Responsable CAP
Tel: +505 22 54 51 39 Ext 185, 186 y 218.
Correo: cap@intur.gob.ni

¿Qué obtendrá?

Carta de solicitud de exoneración del IVA con recibido del CAP - INTUR Carta  de solicitud de exoneración del IVA con recibido del CAP - INTUR

¿Qué información y documentos debe suministrar?

Para compra local
1.
Carta de acreditación del gestor de exoneraciones (original + 2 copias)
Debe ser presentada por única vez al iniciar trámites de exoneración y cada vez que cambie de gestor.
2.
Carta solicitud del beneficio de exonerar IVA (original + 2 copias)
3. 01 - Libre deuda de patente
Factura proforma (2 copias)
de los artículos que solicitan sean exonerados, los cuales pueden estar a nombre del propietario o del proyecto.
Para importaciones
1.
Carta de solicitud (original + 2 copias)
2.
Facturas (2 copias)
3.
Constancia de la agencia aduanera (2 copias)

¿Cuánto dura?

Espera en fila: min   5mn - Max.  10mn
Tiempo de atención: min   5mn - Max.   10mn
Hasta paso siguiente: min   5 días - Max.   7 días

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley No. 306: Ley Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua
Ley No. 306: Ley Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua
Artículos 4, 5 4.14, 5.1.1, 5.1.2, 5.1.4, 5.1.6, 5.2.3, 5.3.4, 5.3, 5.4.1, 5.4.2, 5.5.1, 5.5.2, 5.5.3, 5.6.1, 5.7.5, 5.8.2, 5.9.1, 5.9.3, 5.10.1, 5.10.2, 5.10.4

Es bueno saber...

A partir de la fecha de aprobación del proyecto, comienza el período de exoneraciones. La carta de solicitud debe indicar de forma clara el nombre del proyecto turístico beneficiado, bajo que categoría de la actividad turística ha sido aprobado y contener de manera general cual es el contenido de las facturas y separar según el tipo de moneda (Córdobas o Dólares).

En una misma solicitud pueden presentarse varias proformas.

En caso de problema: Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Entidad a cargo

Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Hotel Crowne Plaza, 1 cuadra Sur, 1 cuadra Oeste , Managua
Tel: +505 22 54 51 91 / +505 22 54 51 81
Fax: +505 22 22 66 10
Sitio web: http://www.intur.gob.ni, http://www.visitanicaragua.com

Unidad a cargo

Dirección de Evaluación, Operación y Promoc. Inv.

Lun: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mar: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mié: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Jue: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Vie: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
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