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Propiedades

Pasos (4) arrow_drop_up arrow_drop_down
Solicitar renovación de licencia de operación  (2) expand_more expand_less
Pagar tarifa de la emisión de la licencia  (1) expand_more expand_less
Emisión de la licencia de operación  (1) expand_more expand_less

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Recibir inspección en el establecimiento
(last modified: 12/01/2016)

¿Dónde debe ir?

Entidad a cargo

Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Hotel Crowne Plaza, 1 cuadra Sur, 1 cuadra Oeste , Managua
Tel: +505 22 54 51 91 / +505 22 54 51 81
Fax: +505 22 22 66 10
Sitio web: http://www.intur.gob.ni, http://www.visitanicaragua.com

Unidad a cargo

Oficina de Registro y Calidad Turística

Lun: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mar: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mié: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Jue: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Vie: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00

Persona a cargo

Mario Sanchez, Elia Garcia, Yader Sequeira

Inspectores Turísticos
Datos de contacto delegación departamental  INTUR Datos de contacto delegación departamental INTUR

¿Qué obtendrá?

Constancia de inspección

¿Cuánto dura?

La evaluación dependerá del tamaño del establecimiento y la actividad turística a desarrollar.
Tiempo de atención: min   3h. - Max.   5h.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley No. 298: Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo
Ley No. 298: Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo
2. Decreto 64-98: Reglamento de la Ley 298 Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo
Decreto 64-98: Reglamento de la Ley 298 Ley Creadora del Instituto Nicaragüense de Turismo
3. Ley No.495: Ley General de Turismo
Ley No.495: Ley General de Turismo
4. Decreto No. 129-2004: Reglamento Ley General de Turismo
Decreto No. 129-2004: Reglamento Ley General de Turismo
5. Ley No.724: Ley de reforma parcial a la Ley 495, Ley General de Turismo
Ley No.724: Ley de reforma parcial a la Ley 495, Ley General de Turismo
6. Decreto 71-2010: Adiciones al Decreto No. 129-2004, Gaceta 227 del 22 de Noviembre del año 2004
Decreto 71-2010: Adiciones al Decreto No. 129-2004, Gaceta 227 del 22 de Noviembre del año 2004
7. Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas
Reglamento de las Empresas y Actividades Turísticas

Es bueno saber...

El solicitante en su ausencia podrá delegar a otra persona para que lo acompañe en la evaluación del establecimiento para otorgar la actividad y categoría turística. Este paso es de obligatorio cumplimiento.

En caso de problema: Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Entidad a cargo

Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR)

Hotel Crowne Plaza, 1 cuadra Sur, 1 cuadra Oeste , Managua
Tel: +505 22 54 51 91 / +505 22 54 51 81
Fax: +505 22 22 66 10
Sitio web: http://www.intur.gob.ni, http://www.visitanicaragua.com

Unidad a cargo

Oficina de Registro y Calidad Turística

Lun: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mar: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Mié: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Jue: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00
Vie: 08:00 - 12:00, 13:00 - 17:00

Persona a cargo

Maria Auxiliadora Umaña

Responsable
Tel: +505 22 54 51 91 ext 209
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